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Se presentó en La Cámara la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento

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Se presentó en La Cámara la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento

Se presentó en La Cámara la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento

publicado en Novedades

Mariano Mayer, Secretario de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación realizó presentaciones del proyecto de Ley PyME 2.0 y la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento.

En la jornada organizada por la Casa de la Producción y la Cámara, se conversó sobre los alcances, beneficios y reglamentación de la Ley de Economía Del Conocimiento y del proyecto presentado en el Congreso de la Nación sobre la ley PyME 2.0.

A partir del 1° de enero de 2020 los interesados podrán inscribirse y comenzar a percibir los beneficios que se extenderán hasta diciembre de 2029. La Ley busca crear 215.000 puestos de trabajo de calidad y generar 15.000 millones de dólares de exportaciones anuales para 2030.

Mariano Mayer expresó que la Economía del Conocimiento genera empleo de calidad, exportaciones, crecimiento e impulsa a todos los sectores productivos y lo spuede posicionar en mercados globales.

La Ley surgió del consenso con empresarios, técnicos y legisladores y contó con el apoyo de emprendedores y empresarios del sector para potenciar el desarrollo de las empresas, la innovación tecnológica y el empleo de calidad en todo el país.

La nueva normativa reduce los costos laborales para el sector, ya que adelanta el Mínimo no Imponible que la reforma tributaria prevé para el 2022. Además, otorga un bono de crédito fiscal transferible equivalente a 1.6 veces las contribuciones que debieran abonarse sobre ese mínimo no imponible. Este beneficio, puede utilizarse para cancelar impuestos nacionales, como IVA o Ganancias. Además, contempla una alícuota reducida del Impuesto a las Ganancias del 15%.

Por otro lado, la ley estipula que los exportadores que hayan abonado o se le hayan retenido impuestos similares al Impuesto a las Ganancias en el país destino de la exportación, podrán deducir lo pagado contra el impuesto a las Ganancias, obteniendo un alivio fiscal.

También, fomenta la creación de nuevas empresas. A partir de ahora, aquellas empresas con una antigüedad menor a 3 años (a contarse desde el alta en IVA), y categorizadas como MICRO en el Registro PyME, pueden ser una actividad elegible acreditando solamente el 70% de su facturación sin necesidad de cumplimentar otros requisitos.

Por último, entre otros beneficios, la normativa implica una mayor estabilidad fiscal para sus beneficiarios ya que no podrán ver aumentada su carga tributaria total nacional a partir la inscripción en el Registro y durante toda la vigencia del mismo, incluyendo los derechos de exportación.

Proyecto Ley PyME 2.0

Mariano Mayer dijo que al proyecto “ lo llamamos Ley Pyme 2.0 para hacer referencia a la Ley Pyme 1 que aprobamos en 2016. Entre otras cosas atacaremos el impuesto a las ganancias porque Argentina es uno de los pocos países de la región que no tiene un tratamiento diferenciado para Pymes en el impuesto a las ganancias. Se propone bajar para las micro empresas al 22% desde el 37% que hoy tienen hoy.”

 Afirmó que “Las pymes son las protagonistas de la generación de empleo y transformación productiva. El 99,6% de las empresas argentinas son pymes. Existe un sistema tributario regresivo que impide la creación de nuevas empresas y el crecimiento de las existentes. Esto fomenta la evasión impositiva y la competencia desleal. Argentina no tiene un tratamiento impositivo diferenciado para pymes.”

Uno de los puntos destacados es que se reduce el impuesto a las ganancias con una alícuota escalonada según el tamaño de la pyme.

Otro de los ejes de la norma es la unificación de las cuentas tributarias para permitir la
compensación de impuestos nacionales, saldos aduaneros y también cargas sociales.

Detalló que se incorpora un aterrizaje más lento en los monotributistas que se exceden y tienen que pasar al Régimen General para que sea más suave y no tan inmediato. Este cambio incluye un crédito adicional de IVA para computar desde la primera declaración jurada y una deducción especial en el impuesto a las Ganancias.

Habrá beneficios para que las pymes que decidan invertir puedan hacerlo: Se reducirá el plazo para amortizar los bienes de uso. 

Además, las inversiones productivas que encuadren en la definición de Industria 4.0 tendrán un 10% del monto invertido como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias.

Se plantea que los nuevos empleos creados a partir de 2020 no tengan costo para el empleador durante el primer año. Puntualmente, proponen bonificar completamente los impuestos al trabajo (contribuciones patronales) durante el primer año, y el 75% durante el segundo, a quien contrate a jóvenes de entre 17 y 24 años sin experiencia o con menos de 12 meses de experiencia formal.

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